Autorización de residencia (certificado de registro) para ciudadanos de la UE en Portugal

Autorización de residencia (certificado de registro) para ciudadanos de la UE en Portugal

Si es usted ciudadano de la UE/EEE/Suiza y tiene intención de permanecer en Portugal más de tres meses, solicite su

CERTIFICADO DE REGISTRO PARA CIUDADANOS DE LA UE/EEE/SUIZA

De acuerdo con la Ley nº 37/2006, de 9 de agosto, los nacionales de todos los países de la Unión Europea (UE) que viajen o residan en Portugal, así como los familiares que los acompañen o se reúnan con ellos, gozan del derecho de entrada, estancia y residencia en Portugal, al igual que los miembros de los Estados parte del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega), el Principado de Andorra y Suiza y sus familiares, así como los familiares de los nacionales, independientemente de su nacionalidad.

El Certificado de Registro, que formaliza el derecho de residencia en Portugal, debe solicitarse si el ciudadano de la UE/EEE/Suiza va a permanecer en el país más de tres meses. Hasta entonces, sólo necesitan tener un documento de identidad o pasaporte en vigor.

El derecho de entrada, estancia y residencia en Portugal ampara a los ciudadanos de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE), del Principado de Andorra y de Suiza, así como a los miembros de sus familias.

¿Quién puede solicitarlo?

Los ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega, el Principado de Andorra y Suiza.

¿Cuándo puedo presentar la solicitud?

Dentro de los 30 días siguientes a su entrada en Portugal.

Si tiene dudas sobre el procedimiento y/o los documentos necesarios, solicite asesoramiento jurídico a un abogado inscrito en el Colegio de Abogados portugués.

Con información del SEF

Adriano Martins Pinheiro, abogado en Portugal

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